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Incapacidades y bajas médicasEl INSS me ha denegado la incapacidad: cómo se rebate una denegación

29 de julio de 2026

Recibir una resolución del INSS que deniega la incapacidad permanente desanima, sobre todo cuando uno lleva meses de baja sin recuperarse. Pero esa resolución no es la última palabra: una parte muy importante de las que se reclaman terminan reconocidas por los juzgados.

La denegación tipo

El INSS suele denegar con una fórmula casi idéntica en todos los casos: que el trabajador «no presenta reducciones anatómicas o funcionales graves susceptibles de determinación objetiva». Es una motivación genérica que muchas veces no se corresponde con la realidad clínica que consta en el propio expediente. Reconocer esa fórmula estándar es el primer paso para desmontarla.

El primer paso: la reclamación previa

Frente a la denegación dispone de 30 días hábiles para presentar reclamación previa ante el propio INSS. Un aviso importante: si la Administración no logró localizarle en su domicilio, la resolución puede notificarse por edicto —mediante anuncio en el Boletín Oficial del Estado— y el plazo corre igual, aunque usted no haya tenido noticia directa. Conviene, por tanto, estar atento cuando se espera una resolución. Hemos presentado reclamaciones previas frente a denegaciones basadas en esa fórmula estándar aportando la evidencia clínica objetiva que el propio expediente ya contenía y que la resolución había ignorado: roturas de tendón acreditadas por pruebas de imagen, tratamientos de las unidades del dolor, patologías concurrentes que, sumadas, incapacitan.

La clave: la prueba médica y la profesión concreta

Lo que decide el caso es enfrentar las limitaciones funcionales reales del trabajador con las exigencias de su profesión habitual concreta. No es lo mismo una lesión de hombro para un administrativo que para un albañil o una cocinera que carga peso y permanece de pie toda la jornada. El informe médico de síntesis, los informes de los especialistas y, muy especialmente, la prueba pericial médica son las piezas que inclinan la balanza.

Después de la reclamación previa: la demanda

Si el INSS desestima la reclamación previa —o no la contesta en plazo— se formula la demanda ante el Juzgado de lo Social. Hemos obtenido en juicio el reconocimiento de incapacidades permanentes totales a trabajadores a los que el INSS había denegado inicialmente la prestación, entre ellos un supervisor de limpieza y un camarero. En todos ellos, la denegación administrativa no resistió el examen judicial.

No se resigne a la primera

Muchas denegaciones responden a criterios administrativos restrictivos que no aguantan una revisión seria de la prueba médica. Si el INSS le ha dicho que no, en M100 Abogados Laboralistas revisamos su expediente y su documentación clínica para valorar las posibilidades reales de reclamar.

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