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Derechos laboralesCómo denunciar a una empresa ante la Inspección de Trabajo

29 de julio de 2026

Cuando una empresa incumple —no paga, no da de alta, no respeta la seguridad, no abona las horas extra— una de las herramientas disponibles es la denuncia ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Conviene saber qué puede y qué no puede hacer por usted, para no llevarse sorpresas.

Qué se puede denunciar

El abanico es amplio: impagos y retrasos de salario, falta de alta en la Seguridad Social o alta por menos horas de las reales, horas extraordinarias no pagadas o no registradas, incumplimientos en materia de prevención de riesgos laborales, cesión ilegal de trabajadores y falsos autónomos, así como situaciones de discriminación o acoso, entre otras.

¿Es anónima?

Puede presentarse sin que su identidad se traslade a la empresa: la Inspección está obligada a guardar reserva sobre el origen de la denuncia. Ahora bien, conviene tener claro que denunciar no le convierte automáticamente en «parte» del procedimiento; la Inspección actúa en defensa del interés público, no como su representante.

Lo que la Inspección NO hace por usted

Este es el punto que evita más frustraciones. La Inspección puede sancionar a la empresa e incluso extender actas de liquidación a la Seguridad Social, pero no le paga a usted lo que le deben. Para cobrar sus salarios, sus horas extra o su indemnización, la vía es el Juzgado de lo Social. Por eso, lo más eficaz suele ser combinar ambas: la denuncia administrativa presiona y documenta el incumplimiento, y la demanda judicial es la que, finalmente, le hace cobrar.

No pueden tomar represalias contra usted

Existe una protección importante: la garantía de indemnidad. Si, tras denunciar o reclamar, la empresa reacciona sancionándole o despidiéndole, ese despido puede ser declarado nulo por vulnerar esa garantía. Lo hemos alegado con éxito en casos en los que el despido o la sanción llegaban justo después de que el trabajador reclamara lo que le correspondía.

Cómo se presenta

La denuncia puede formularse a través de la sede electrónica de la Inspección o presencialmente, describiendo con el mayor detalle posible los hechos, la empresa y el centro de trabajo. Cuanta más concreción y documentación aporte, más útil resultará.

Si está pensando en denunciar, merece la pena diseñar la estrategia completa —administrativa y judicial— para no quedarse a medio camino. En M100 Abogados Laboralistas le orientamos sobre cuál es la mejor combinación en su caso concreto.

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La consulta NO es gratuita.

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