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generalEl administrador único, de carácter gratuito, de una sociedad limitada ¿puede deducirse las cuotas abonadas a la Seguridad Social en el Régimen de Autónomos?

19 de abril de 2017
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS. Base imponible. Rendimientos de actividades profesionales y empresariales. Gastos deducibles. El consultante es administrador único de una sociedad limitada. El cargo de administrador es de carácter gratuito. Las cotizaciones al «Régimen de Autónomos» que corresponde realizar al consultante por el desempeño de las funciones de administrador de la entidad tendrán para aquél la consideración de gasto deducible para la determinación del rendimiento neto del trabajo, pudiendo resultar este tipo de rendimientos negativos si el consultante no obtiene por este concepto ingresos íntegros que superen las cuotas abonadas. La mencionada consideración lo será con independencia de si se opta por la tributación individual o por la tributación conjunta.

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