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generalDespido procedente de una trabajadora que no informó a la empresa de que estaba cobrando de más

22 junio 2017

TSJ Murcia, Sala de lo Social, Sentencia 360/2017, 29 Mar. Recurso 1026/2016

La trabajadora, que se encontraba disfrutando de una reducción de jornada y siendo plenamente conocedora de que la misma llevaba aparejada una reducción salarial, por un error de la empresa estuvo percibiendo el salario correspondiente a la jornada ordinaria. Pese a ello no informó a la empresa durante un año, lo que sin duda supone una grave transgresión de la buena fe contractual y un abuso de confianza, merecedor de la sanción de despido cuya procedencia fue fallada en la instancia y que ahora el TSJ confirma.

Es indudable que la trabajadora obró de forma premeditada y no «accidental». Era sabedora de que la reducción de su jornada implicaba la reducción de su salario, incluso propuso que la jornada que ella había reducido fuera cubierta por su pareja, lo que la empresa aceptó, contratando a la pareja por 20 horas en virtud de un contrato de interinidad, y pese a ello la trabajadora nunca comunicó a su empresa que estaba percibiendo un salario que no era acorde a su jornada reducida. Mantuvo silencio voluntaria y conscientemente.

Una vez que la empresa se apercibió del error lo comunicó a la trabajadora que reconoció que tuvo conocimiento del percibo a mayores desde el segundo mes, pero se negó a recepcionar un documento para que devolviese las cantidades de forma fraccionada.

Esta conducta supone una falta muy grave que justifica la sanción de despido, sanción proporcional a la gravedad de estar un año cobrando más sueldo que le correspondía a sabiendas porque ella misma había pedido la reducción de jornada.

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