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generalEl TS recuerda que el empresario debe acreditar la falta de efectivo si no abona la indemnización por despido objetivo

24 de abril de 2017

La Sala de lo Social confirma la procedencia del despido, pues la empresa probó la grave situación económica en la que se encontraba. Señala que si el empresario alega falta de efectivo como razón para no poner a disposición del trabajador la indemnización legalmente exigida en los despidos objetivos por causas económicas, debe ser él quien acredite dicha circunstancia, dada su mayor disponibilidad de los elementos probatorios por falta de liquidez.

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