Si te han despedido o la empresa te ha comunicado que va a extinguir tu contrato, es importante revisar cuanto antes las circunstancias del despido.
En M100 Abogados somos abogados laboralistas en Lanzarote y asesoramos a trabajadores ante despidos, indemnizaciones, finiquitos y reclamaciones laborales.
Revisamos tu caso, la documentación entregada por la empresa y las cantidades ofrecidas para determinar si el despido se ajusta a la legalidad y si existen motivos para reclamar.
¿Te han despedido? Solicita una consulta con nuestro equipo.
La impugnación de un despido está sujeta a un plazo especialmente corto: 20 días hábiles desde la fecha de efectos del despido.
Por este motivo, es recomendable no esperar para revisar la carta, la indemnización o el finiquito.
Antes de acudir al Juzgado de lo Social normalmente debe presentarse una papeleta de conciliación ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SEMAC).
Si acabas de recibir una carta de despido, podemos estudiar la documentación y explicarte qué opciones tienes.
No todos los despidos son iguales ni todas las cartas entregadas por una empresa cumplen los requisitos legales.
Nuestro trabajo comienza revisando las circunstancias concretas de cada caso.
Podemos analizar:
La carta de despido.
Los motivos alegados por la empresa.
Tu contrato y antigüedad.
Las últimas nóminas.
Tu salario real.
La indemnización ofrecida.
El finiquito.
Vacaciones o cantidades pendientes.
Comunicaciones mantenidas con la empresa.
Las circunstancias en las que se produjo el cese.
A partir de esa información podemos valorar si el despido puede ser procedente, improcedente o nulo y qué posibilidades existen de reclamar.
La empresa puede extinguir el contrato alegando un incumplimiento grave del trabajador.
Sin embargo, tanto los hechos alegados como el procedimiento seguido por la empresa deben cumplir determinados requisitos.
Revisamos la carta y las circunstancias del despido para determinar si existen motivos para impugnarlo.
Puede producirse por determinadas causas económicas, técnicas, organizativas, productivas o relacionadas con la capacidad del trabajador.
Es importante comprobar tanto la existencia de la causa como el procedimiento utilizado y la indemnización correspondiente.
Un despido puede ser declarado improcedente cuando la empresa no consigue justificar adecuadamente la causa alegada o cuando existen determinados defectos en la forma en que se ha llevado a cabo.
En estos casos pueden derivarse consecuencias como la readmisión o el abono de la indemnización correspondiente.
Existen situaciones en las que un despido puede vulnerar derechos fundamentales o afectar a personas especialmente protegidas por la legislación laboral.
Cuando un despido es declarado nulo, la consecuencia puede ser la readmisión del trabajador y el abono de los salarios correspondientes.
No siempre existe una carta formal.
Dejar de asignar trabajo, impedir el acceso al puesto, tramitar una baja en la Seguridad Social o determinadas actuaciones empresariales también pueden llegar a constituir una extinción de la relación laboral.
Por eso es importante analizar cómo se ha producido realmente el cese.
La cantidad que corresponde al trabajador depende, entre otros factores, del tipo de despido, la antigüedad y el salario utilizado para realizar el cálculo.
También es necesario diferenciar entre indemnización y finiquito, ya que son conceptos distintos.
El finiquito puede incluir cantidades pendientes como salarios, vacaciones no disfrutadas, pagas extraordinarias u otros conceptos devengados.
La indemnización, cuando corresponde, compensa la extinción de la relación laboral.
En M100 Abogados podemos revisar ambos cálculos antes de que des por cerrada la relación con la empresa.

Revisamos la carta, contrato, nóminas, antigüedad y circunstancias del cese.
Comprobamos el finiquito y, cuando corresponda, la indemnización.
Preparamos y presentamos la reclamación previa y te asistimos en el procedimiento de conciliación ante el SEMAC.
Cuando existe margen para alcanzar un acuerdo, negociamos con la empresa en defensa de tus intereses.
Si no se alcanza un acuerdo, podemos continuar la reclamación ante el Juzgado de lo Social.
M100 Abogados es un despacho con sede en Arrecife especializado en Derecho Laboral y Seguridad Social.
Nuestro equipo laboral está formado por Fátima González Cabrera, abogada laboralista, y Aday Lleó Carranza, abogado laboralista.
Atendemos reclamaciones de trabajadores de Arrecife y del resto de Lanzarote relacionadas con despidos, finiquitos, reclamaciones de cantidad y otros conflictos laborales.


Si has recibido una carta de despido o la empresa ha terminado tu relación laboral, conviene revisar el caso cuanto antes.
El plazo para impugnar un despido es de solo 20 días hábiles.
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M100 Abogados Laboralistas
C/ México, nº 100, pisos 1º y 2º
Arrecife, Lanzarote
928 81 57 66
El plazo general para impugnar un despido es de 20 días hábiles desde la fecha en que produce efectos.
Conviene guardar una copia de la carta y revisar cuanto antes tanto los motivos alegados como la documentación laboral relacionada con el caso.
La firma de determinados documentos no significa necesariamente que se haya perdido cualquier posibilidad de reclamación. Es necesario revisar qué se firmó y en qué condiciones.
Dependerá tanto de las causas alegadas por la empresa como de las pruebas existentes y del procedimiento utilizado para realizar el despido.
El finiquito liquida cantidades que el trabajador ya ha generado y todavía no ha cobrado. La indemnización es una compensación asociada a determinadas formas de extinción del contrato.
En las reclamaciones por despido, el intento de conciliación previa suele ser un requisito antes de presentar una demanda ante el Juzgado de lo Social.
Sí pueden existir situaciones en las que la relación laboral se haya extinguido sin una carta formal. Es necesario analizar las actuaciones de la empresa y cuándo se produjo efectivamente el cese.